La impresión 3D y la propiedad intelectual
Una de las dudas más frecuentes, y de las cosas que más me preguntan cuando hablo de impresión 3D, es lo que sucederá con la propiedad intelectual, las licencias, el copyright y esas cosas. De hecho, la batalla por las licencias es algo que lleva más tiempo del que pensamos en los tribunales, aunque sea la SGAE, Napster y los derechos sobre la música que solemos escuchar en la radio, o compartir en la red, lo que más ha contribuido a sacar esta polémica a la luz.
Por eso, cuando esta mañana he leído un artículo en 3D Printing Industry, escrito por una abogada especializada en la materia, he pensado que sería interesante traducirla, y transladar el debate a este blog.
Una de las dudas más frecuentes, y de las cosas que más me preguntan cuando hablo de impresión 3D, es lo que sucederá con la propiedad intelectual, las licencias, el copyright y esas cosas. De hecho, la batalla por las licencias es algo que lleva más tiempo del que pensamos en los tribunales, aunque sea la SGAE, Napster y los derechos sobre la música que solemos escuchar en la radio, o compartir en la red, lo que más ha contribuido a sacar esta polémica a la luz.
Por eso, cuando esta mañana he leído un artículo en 3D Printing Industry, escrito por una abogada especializada en la materia, he pensado que sería interesante traducirla, y transladar el debate a este blog.
Desde el “Player Piano” al “Betamax” y “Napster”, la justicia de los EEUU mantiene una lucha aparentemente sin fin referida a la propiedad intelectual a lo largo de los años, prediciendo el final de la lucha por los derechos de autor tal y como los conocemos. Los demandantes se abalanzan ahora a por la impresión 3D, la cual definen como un modo de facilitar la piratería robando a sus creadores los beneficios de sus costosas inversiones e inspiradas contribuciones, que tanto han contribuido a la economía americana. Y los tecnólogos responden que no deberían encasquetarse la labor de vigilar los malos usos de una tecnología desarrollada para mejorar la vida diaría de los americanos de a pie.
A lo largo de los años, ambos bandos han conseguido victorias, pero lo que está claro es que la tecnología continúa desarrolĺándose y que los creadores de contenidos continúan defendiendo celosamente los derechos de proteger y aprovecharse de sus creaciones por cualquier medio. Ambos podrían considerarse objetivos válidos y continúan siendo las únicas constantes en este área tan dinámica de la ley y el negocio. Por décadas, “contenido” e “intermediario” han estado envueltos en una danza delicada y a la vez simbiótica. La popularización de la tecnología de impresión 3D reunirá de nuevo a los desarrolladores de contenidos creativos y los tecnólogos innovadores, y seguro que sus forcejeos no serán la excepción sino la norma.
La autora del artículo original, en inglés, es de hecho abogada especialista en derechos de autor y tecnologías, y tiene una amplia experiencia en la representación legal en estos casos, intentando, según afirma en el propio artículo, que tanto creadores como tecnólogos puedan trabajar juntos para avanzar en los objetivos comunes y respectivos, antes de que lleguen las restricciones legales. En un evento reciente de impresión 3D, un ejecutivo líder ya advertía de que los titulares de los derechos acabarían recapacitando. Y de este modo, la cadena HBO ha llevado ya a cabo un requerimiento para que se detenga la diseminación de productos basados en la popular serie “Juego de tronos”; por otro lado, Disney por ejemplo demanda de forma rutinaria por el uso no autorizado de Mickey Mouse, y defiende celosamente su imagen cuidadosamente diseñada del que es sin duda el más famoso embajador de todas las marcas. ¿Por qué la compañía pondría límites en proteger la propiedad intelectual en la impresión 3D? Una búsqueda en una popular de modelos tridimensionales revela incontables referencias a “Harry Potter” que un tribunal podría fácilmente considerar que están más allá del “buen uso”. Después de todo, ¿de qué modo compartir ficheros CAD en masa, es diferente de compartir ficheros MP3, tal y como sucedía con Napster? ¿Necesitamos ver otro litigio como el de Napster o hay un camino más sencillo? ¿Qué es lo mejor, tanto para el usuario de una comunidad a la que sirve esa red, y a la vez para los titulares de los derechos que han trabajado para desarrollar ese producto o contenido tan valioso?
Algunos titulares han considerado que la diseminación de su trabajo sin compensación es lo mejor ppara sus intereses a largo plazo, por lo cual están cediendo ese trabajo de forma gratuita al mismo tiempo en que se desarrollan esas redes y negocios de impresión 3D. Este mismo año, Nokia liberó modelos 3D de carcasas de móviles destinadas a ser descargadas de forma gratuita, lo cual sin duda ofrece un incentivo a invertir en su producto primario. Actualmente, hay una serie de accesorios de smartphone descargables y muy personalizables con impresión 3D que ofrecen un bonito complemento a los esfuerzos de marketing de una compañía de tecnología móvil en el futuro cercano. Incluso Ford ha aceptado las perspectivas de futuro de esta tecnología y ofrece archivos descargables gratuitos en Thingiverse. Una campaña de marketing brillante con objetivos claros de negocio, y a veces simplemente altruismo, facilita a menudo la opción de no ejercer los derechos intelectuales. De hecho, muchos creadores de contenidos optan por la opción de las licencias Creative Commons, que permiten al creador elegir si la difusión de sus contenidos se hará de forma gratuita o con algún tipo de retribución.
“No creemos en el copyright”, contaba una empleada de una empresa de impresión 3D en un encuentro organizado por entusiastas de esta tecnología, “solo en las licencias”. Habría que aclararle que hay que poseer algo para poder dar licencias. Hay gran cantidad de información confusa respecto al movimiento de “todo debería ser libre”, y parece que es bastante moderno apoyar las virtudes del dominio público. Y sí, el dominio público es virtuoso. El copyright es un monopolio limitado que permite al trabajo volver a la cultura colectiva, inspirando nuevos usos para ese trabajo. ¿Pero que pasa con el brillante artista que libera su trabajo único y globalmente reconocido en forma de ficheros 3D imprimibles con una licencia Creative Commons, y que ni siquiera consigue el reconocimiento y la atribución que negoció bajo los términos de tal licencia? Comenzó a ver su trabajo surgir a lo largo y ancho de este mundo para el provecho de otros, y acabó retirando sus trabajos de la vista pública, por pura frustración y desencanto. ¿Qué ocurre con los créditos de los diseñadores de productos que ven un mercado absolutamente sin precedentes en el amanecer de la “Revolución de la Fabricación Personalizada” y quieren ser capaces de mantenerse ellos mismos, o incluso de sacar beneficio de su visión y su duro trabajo? Hay gente que crea para crear y compartir, y los hay también que están incentivados a crear para conseguir dinero del fruto de su trabajo. Para esto es el copyright, tanto si se invoca para proteger el contenido difundido a través del aire, a través de la red, o descargado en una impresora en el confort del propio domicilio. Posiblemente, la ley requiere “retoques” aquí y allá para adaptarse a las peculiaridades de cualquier tecnología, y quizá la sociedad todavía necesita darle vueltas a dónde ponemos los límites y la duración de la protección, tal como se ha hecho en el pasado, pero el principio básico no ha cambiado desde que el Estatuto de Anne (referido los derechos de autor respecto sus libros no publicados) fue aprobado or el gobierno inglés en 1710.
Así, cuando algunas compañías de impresión 3D dicen que no necesitan asesoramiento legal porque no generan suficiente trabajo de propiedad intelectual, esta abogada se reafirma en que esto es precisamente lo que necesitan, no para generar este trabajo, sino para evitar un escenario como el de Napster; al evolucionar rápidamente la tecnología de impresión 3D, los líderes de mercado deben ser proactivos. Los líderes de este espacio necesitan reconocer que deberán tener esta conversación antes o después. Necesitan respetar el “puñado de derechos” de la propiedad intelectual y darles a los titulares la opción de ejercitarlos. Necesitan crear un ambiente seguro para todos los participantes, para cuidar los intereses y la confianza tanto del usuario como del creador. Y necesitan obedecer las leyes existentes para disuadir de la falsificación y la piratería y trabajar en ambas comunidades para encontrar soluciones tecnológicas para impedir estos delitos. La historia muestra que si un servicio creado ofrece calidad y conveniencia, la masa de consumidores optarán por este servicio antes que por otro gratuito casi siempre. Steve Jobs lo demostró, pero solo estaba posicionado en la intersección de contenidos y tecnología dado su papel en Apple y Pixar. (N. del T.: Vease iTunes, basado justo en esto y que lleva 10 años de éxitos, cuya fórmula se narra en el enlace dado por la autora original: http://www.macworld.com/article/2036361/why-the-itunes-store-succeeded.html.).
La impresión 3D necesita mirar hacia el ecosistema que esta tecnología, no sólo en la tecnología pura, y regularse a sí misma antes de que lo hagan otros. Estos prometedores negocios necesitan entender la historia y el contexto de los retos legales a las nuevas tecnologías y los modelos de negocio, para poder anticiparse y responder a las controversias que surgirán de forma inevitable de sus invenciones. Sólo entonces puede prosperar esta vibrante comunidad de usuarios pioneros, asegurándose de que el futuro de las impresoras 3D no sigue el camino de la pianola, aquellos pianos “mecánicos” de finales del siglo XIX y comienzos del XX, que entraron en litigios por los derechos de las piezas que reproducían. Es de hecho famosa la carta escrita por el compositor John Philip Sousa al respecto de estos aparatos y los también recién inventados gramófonos : “ Estoy sorprendido de ver por qué las poderosas corporaciones que controlan estas máquinas que tocan y hablan son tan ciegas a las cuestiones morales y éticas que las envuelven. ¿Puede algo ser tan condenable, por una cuestión de principios, que coger la composición de un artista, reproducirla miles de veces en una de estas máquinas, y denegarle cualquier participación en los enormes beneficios obtenidos??“ ( John Philip Sousa, The Menace of Mechanical Music, 8 APPLETON’S MAG. 278 (1906))
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